Los derechos reales a los 130 años de vigencia del Código Civil.

Autor: Ángel Serrano de Nicolás
Ciudad: Madrid
Editorial: La Lley
Fecha: 14/10/2019
Comentario

Ángel Serrano de Nicolás.: Los derechos reales a los 130 años de vigencia del Código Civil”, Diario La Ley, núm. 9497, Sección Tribuna, 14 de octubre de 2019, Wolters Kluwer.

  • Resumen: Tras 130 años de vigencia del Código civil, si hay una materia que ha sido poco o nada reformada es la relativa a los derechos reales, aunque se haya ido actualizando su contenido jurisprudencialmente por la influencia constitucional y la amplia aplicación de la función social. Sería necesario reformar, e incluso innovar (derecho de superficie, derechos de adquisición preferente voluntarios, etc.), pero no cambiar el sistema de transmisión —título y modo— ni sacar del Código civil materias que le son propias, como tampoco incorporar otras que, pudiendo estar, sin embargo, ya han cuajado en leyes especiales (propiedad horizontal, intelectual, etc.), al margen de que en la Ley hipotecaria se regulen las reglas relativas a su inscripción y, desde luego, el derecho real que le da nombre, como es la hipoteca (Texto completo).

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