La doble condición del turista que utiliza las viviendas vacacionales en Canarias.

Autor: Inmaculada González Cabrera/Beatriz Fonticiella Hernández
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 18/09/2018
Comentario

Inmaculada González Cabrera/Beatriz Fonticiella Hernández.: "La doble condición del turista que utiliza las viviendas vacacionales en Canarias", Diario La Ley, núm. 9261, Sección Tribuna, 18 de Septiembre de 2018

  • Resumen: El presente trabajo se centra en la figura del turista que demanda el alojamiento en las denominadas viviendas vacacionales, cuyo auge exponencial en los últimos años, se ha realizado, fundamentalmente, gracias al desarrollo de Internet y a la comercialización a través de las denominadas «Plataformas colaborativas», tales como Airbnb, Homeaway, Alterkeys, etc. En esta línea, estudiaremos la dualidad del régimen jurídico aplicable al turista que demanda este tipo de alojamiento en la Comunidad Autónoma de Canarias, dependiendo de que, conforme al Reglamento de Viviendas Vacacionales, aprobado mediante Decreto 113/2015, de 22 de mayo, las mismas estén dentro o fuera de ordenación. Asimismo se planteará la complejidad y empeoramiento de la situación del viajero si prospera el Borrador de reforma del antedicho Reglamento.

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