Por qué la DGSJFP nos remite a un órgano judicial inexistente: el juzgado de lo civil.

Autor: Javier Martín-Borregón y García de la Chica
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 03/01/2022
Comentario

Javier Martín-Borregón y García de la Chica.: “¿Por qué la Dirección General de seguridad jurídica y fe pública nos remite a un órgano judicial inexistente: el juzgado de lo civil?”, Diario La Ley, núm. 9981, Sección Tribuna, 3 de enero de 2022.

  • Resumen: En el presente trabajo el autor denuncia la práctica constante de la entonces Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) y su ahora sucesora, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP), de mencionar incorrectamente en sus resoluciones un órgano judicial que no existe en nuestra organización judicial: el Juzgado de lo Civil.

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