El patrimonio cultural en la Constitución Federal de Brasil de 1988. Especial referencia al patrimonio cultural subacuático.

Autor: Rubén Miranda Gonçalves
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 18/02/2019
Comentario

Rubén Miranda Gonçalves.: "El patrimonio cultural en la Constitución Federal de Brasil de 1988. Especial referencia al patrimonio cultural subacuático",  Diario La Ley, núm. 9360, Sección Tribuna, 18 de febrero de 2019.

  • Resumen: La protección del patrimonio cultural subacuático es una tarea pendiente de muchos Estados, entre ellos Brasil. Hasta el año 2001, con la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de la UNESCO, no existió un texto legal que protegiese de forma específica este tipo de patrimonio. Brasil ni firmó ni ratificó esta Convención, por lo que la protección de su patrimonio cultural subacuático depende de la legislación interna, que tampoco es muy abundante. En este estudio se abordará cómo se protege el patrimonio cultural subacuático de Brasil, haciendo referencia a su Carta Magna y a la legislación estatal.

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  • Aránzazu Pérez Moriones.: "El Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediacion: en particular, la regulación de la mediación obligatoria mitigada". Diario La Ley, núm. 9360, Sección Tribuna, 18 de febrero de 2019. El pasado 11 de enero, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación, mediante la que se pretende implantar la mediación como institución complementaria de la Administración de Justicia e incrementar su difusión y presencia en el desenvolvimiento ordinario de las relaciones jurídicas entre particulares. Entre otras medidas, el legislador ha optado por superar el modelo de mediación actualmente en vigor por un modelo de obligatoriedad «mitigada».

 

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