Aunque un trabajador extranjero no comunitario carezca de autorización para trabajar, conserva los derechos derivados del contrato de trabajo.

Autor: Álvaro Javier San Martin Rodriguez
Ciudad: Madrid
Editorial: La Ley
Fecha: 08/07/2025
Comentario

Álvaro Javier San Martin Rodriguez.: “Aunque un trabajador extranjero no comunitario carezca de autorización para trabajar, conserva los derechos derivados del contrato de trabajo”, Diario LA LEY, núm.10759, 8 de julio de 2025.

  • Resumen: El artículo analiza una sentencia del Tribunal Supremo que reitera que, aunque un trabajador extranjero carezca de autorización de trabajo, su contrato no se invalida respecto a los derechos derivados. La situación concreta evalúa el despido de un trabajador ecuatoriano, declarado improcedente en primera instancia, pero validado por un tribunal superior al considerar la prestación ilegal. Finalmente, el Supremo reafirma la doctrina previa y establece que los derechos laborales del trabajador deben protegerse, anulando la sentencia anterior. Esta jurisprudencia destaca la protección del trabajador frente a la nulidad del contrato por falta de autorización. Es relevante para operadores jurídicos en Derecho Laboral.

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