Elecciones al Parlamento Europeo, 25 de mayo de 2014.

Fecha: 20/01/2014

Formación del censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España.
 
  • El 25 de mayo de 2014 se celebrarán en España elecciones al Parlamento Europeo. 

Conforme a la Directiva 93/109/CE del Consejo de 6 de diciembre de 1993, en estas elecciones podrán participar los ciudadanos de la Unión residentes en un Estado miembro del que no sean nacionales.

La Oficina del Censo Electoral (OCE) realiza una serie de actuaciones para informar a los ciudadanos comunitarios de la celebración de las citadas elecciones y de los procedimientos para su inscripción en el censo electoral.

Derecho de voto

Para estar inscrito en el censo electoral es necesario estar empadronado y haber manifestado la voluntad de votar en España en las elecciones al Parlamento Europeo.

Las personas que ya han manifestado, en cualquier momento, su intención de votar en España en las elecciones al Parlamento Europeo figuran incluidas en el censo electoral, al tener esta opción carácter permanente mientras residan en España, salvo solicitud formal en sentido contrario.

Trámites para manifestar la voluntad de votar en España

Para facilitar la inscripción de los interesados la OCE ha enviado una comunicación por correo postal a los ciudadanos de otros países de la Unión Europea que cumplen las siguientes condiciones:

  • Mayores de edad el 25 de mayo de 2014.
  • Que figuren inscritos en los padrones municipales y cuyos datos hayan sido comunicados por los respectivos ayuntamientos al Instituto Nacional de Estadística.
  • Que no hayan recibido una comunicación de la OCE con motivo de anteriores elecciones al Parlamento Europeo.
  • Que no hayan manifestado en los ayuntamientos su voluntad de votar en España en las elecciones al Parlamento Europeo.

La comunicación incorpora un modelo de declaración formal, cumplimentado con sus datos de inscripción en el Padrón municipal, para que el destinatario opte si desea o no votar en España en las elecciones al Parlamento Europeo.

Esta declaración formal, una vez cumplimentada y firmada, puede ser enviada por correo postal gratuito a la Delegación Provincial de la OCE, si bien, aquellos de los que la OCE dispone del Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la inscripción en el Registro Central de Extranjeros, podrán realizar la manifestación de voto por Internet, en la dirección https://sede.ine.gob.es

En la comunicación se informa que si algún dato de la inscripción en el Padrón municipal falta o es erróneo, debe corregirlo en su Ayuntamiento.

Los ciudadanos de otros países la UE residentes en España que no estén inscritos en el Padrón municipal, deberán acudir a su Ayuntamiento a empadronarse y cumplimentar la manifestación de voto en España en el impreso correspondiente.

Las manifestaciones de voluntad realizadas en el Ayuntamiento por los ciudadanos ya empadronadosse realizarán en la misma forma.

En cualquiera de los trámites anteriores, para que la manifestación de voto tenga efecto en las elecciones al Parlamento Europeo del 25 de mayo de 2014 deberá realizarse a más tardar el 30 de enero de 2014.

Listas electorales

Con la información recibida de las declaraciones formales recibidas más los electores comunitarios que ya figuran inscritos se formarán las listas del censo electoral para las elecciones al Parlamento Europeo del 25 de mayo de 2014.

Las listas se podrán consultar en los ayuntamientos, una vez convocadas las elecciones, del sexto al decimotercero día posterior a la convocatoria.

Durante ese plazo se pueden presentar reclamaciones sobre los datos censales y solicitar la inscripción en el censo electoral.

Información:  

  • 1. Todos los ayuntamientos de España tienen instrucciones para atender las consultas de los ciudadanos comunitarios en relación con su inscripción en el censo. Asimismo disponen de impresos de declaración formal para que cualquier ciudadano comunitario pueda realizar su declaración de voluntad de votar en España.
  • 2. La Oficina del Censo Electoral ha informado a las representaciones diplomáticas en España de los países de la Unión Europea sobre el procedimiento de inscripción en el censo electoral de sus nacionales.
  • 3. Con motivo del envío de las comunicaciones citadas anteriormente se difundió información a los medios de comunicación al objeto de que esta operación llegase a conocimiento del mayor número posible de ciudadanos comunitarios.

Además, puede obtener información por teléfono en el número 901.101.900, en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral o en su Ayuntamiento.

Más información:

Fuente: INE.es.

Normativa aplicable:

  • RD 213/2014. Convoca elecciones de diputados al Parlamento Europeo.

Manuales para la celebración de las Elecciones:

Más información:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León