Teletrabajadores de carácter internacional.

Fecha: 30/06/2026

Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE).

Preguntas frecuentes sobre los teletrabajadores de carácter internacional (en inglés y castellano) y documentación que han de aportar los titulares así como, en su caso, los familiares:

  • Teletrabajadores de carácter internacional: Art.74 bis Ley 14/2013
  • Nacionales de terceros países que se desplazan a España para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

Documentación:

 

Preguntas frecuentes:

Información de interés:

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León