Internet cita previa. Autorización de residencia larga duración y larga duración Unión Europea.

Fecha: 20/09/2010

Internet cita previa. Autorización de residencia larga duración y larga duración Unión Europea.

Se podrán presentar personalmente por el trabajador extranjero o su representante. También podrán presentarse en cualquier otro registro público.
Debe presentar el modelo de solicitud oficial (Modelo EX-00), indicando que se trata de una autorización de larga duración O larga duración-CE y el supuesto de acceso.
NOTA: Para una información más detallada debe dirigirse a la Oficina o Unidad de Extranjeros de la provincia correspondiente. Puede obtener más información accediendo a éste enlace: Información Oficinas Extranjería.
IMPORTANTE:
El plazo general máximo para notificar las resoluciones será de 3 meses contados a partir del día siguiente al de la fecha en la que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarlas.
Se recuerda la obligación a los sujetos pasivos de realizar el abono de las tasas correspondientes por la tramitación del procedimiento sobre la autorización de residencia, de conformidad con Orden PRE/3/2010, de 11 de enero, publicada en el B. O. E. Núm. 10, de 12 de enero.
Se recuerda asimismo que las solicitudes de renovación de los familiares reagrupados y dependientes han de presentarse y se tramitarán conjuntamente con las del reagrupante, debiéndose, por tanto, pedir cita por cada familiar que dependa del interesado.
LEA ATENTAMENTE
La competencia para la resolución corresponderá a la provincia en la que tenga fijada su residencia el trabajador extranjero.

Normativa sobre tasas:

  • Circular DGI/SGMG/05/2010, de 1 de julio de 2010, sobre la aplicación de la Orden Pre/3/2010 de 11 de enero, por la que se establecen el importe de las tasas por tramitación de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería a aquellas autorizaciones cuyo procedimiento de solicitud se inicia en el extranjero (www.migrarconderechos.es/legislationMastertable/legislacion/Circular_DGI_01_07_2010).

Más datos:

 

 

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León