Sistema de legalización diplomática: nueva pegatina.

Fecha: 19/07/2013

Nota informativa 11/2013 de la OEx sobre los cambios introducidos por el MAEC en el procedimiento de legalización diplomática de documentos públicos extranjeros (archivo asociado). Especial referencia a la nueva pegatina (archivo asociado)

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con el objetivo de racionalizar el procedimiento de legalización diplomática, agilizar la sustanciación de los diferentes trámites administrativos que afecta a los ciudadanos extranjeros residentes en nuestro país y robustecer la seguridad del tráfico jurídico externo, ha creído conveniente reformar el procedimiento de legalización diplomática de documentos públicos.

1. Todos los documentos extranjeros legalizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a partir del día 10 de junio de 2013 independientemente de la fecha de emisión de dicho documento) deberán ir provistos en su última firma de legalización (la del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación) de una etiqueta transparente de seguridad con las características y descripción que más adelante se determinan.
2. A partir de esa misma fecha, los documentos extranjeros debidamente legalizados por Embajadas o Consulados de España, siempre y cuando tengan incorporada la citada etiqueta de seguridad, tendrán plena validez en España sin requerir la posterior legalización por parte de la Sección de Legalizaciones del MAEC.
El fundamento de este cambio en la práctica hasta ahora seguida estriba en considerar a las Embajadas y Consulados como los órganos más aptos para conocer la autenticidad de los documentos públicos de los respectivos Estados emisores, así como sus variantes, cambios y modalidades a tenor de las especificidades de los correspondientes Derechos internos. Se trata, además, de eliminar la duplicidad de un trámite que ha sido realizado ya
por una Administración española y gravado con la correspondiente tasa, por lo que no parece requerir la intervención ulterior del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, como hasta ahora se venía haciendo.
Si bien es posible que durante las primeras semanas de aplicación de este nuevo sistema sigan circulando documentos extranjeros aún provistos de la firma de legalización “doble” (es decir, con la firma del funcionario competente de la Embajada o Consulado correspondiente y de la Sección de Legalizaciones de este MAEC aunque siempre ya con la preceptiva etiqueta de seguridad), el nuevo sistema dará lugar a que, pasado este periodo inicial transitorio, los documentos extranjeros vayan provistos de una única firma de legalización – la de la Embajada o Consulado de España – con su correspondiente etiqueta de seguridad.

  • Fuente: Infoext.barcelona. Nuestro agradecimiento a Dña. Mª Helena Bedoya por la información.

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  • Entra en funcionamiento en España el nuevo sistema de legalización diplomática de documentos que facilitará los trámites al ciudadano.

Se estrena ro país un nuevo sistema de legalización diplomática de documentos extranjeros que aporta importantes beneficios al administrado. Los principales objetivos que busca este nuevo sistema son racionalizar aún más el procedimiento de legalización diplomática, contribuir a la lucha contra el fraude documental, agilizar los trámites administrativos vinculados a los procesos de extranjería y facilitar la legalización de documentos a las empresas extranjeras y españolas que operan en el exterior.

La modificación en el funcionamiento de legalización que entraen vigor hoy afecta a los documentos extranjeros que procedan de países no miembros del Convenio de La Haya sobre la Apostilla   y quieran hacerse valer en España. Su elemento novedoso fundamental consiste en el uso de una pegatina trasparente de seguridad que se estampará directamente sobre la firma de los funcionarios competentes para legalizar los documentos. Esta pegatina protege la última firma de la cadena de legalización -que será siempre de un funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España- salvaguardándola de posibles fraudes documentales al incorporar las tecnologías más avanzadas contra falsificaciones.
Gracias a la nueva pegativa transparente cuando un documento extranjero haya sido debidamente legalizado y provisto de la etiqueta de seguridad en la oficina consular española del lugar de origen del documento, ya no será necesario como antes el paso del administrado por la Sección de Legalizaciones de la Dirección General de Españoles en el Exterior, Asuntos Consulares y Migratorios en Madrid.
De esta forma, los ciudadanos que quieran hacer valer un documento extranjero en España no tendrán que pedir cita previa ni acudir a Madrid para legalizarlo, siendo plenamente válido a los efectos del ordenamiento jurídico español desde el mismo momento en que el Cónsul de España en el país de origen del documento haya estampado sobre su firma la pegatina de seguridad antes mencionada. 

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