Listado actualizado de los traductores-intérpretes jurados en ejercicio.

Fecha: 30/09/2023

Listado actualizado de los traductores/as-intérpretes jurados/as (actualizado a 07.07.2023). 

  • El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación es competente para la concesión de los títulos de Traductor/a Jurado/a e Intérprete Jurado/a.
  • Tal y como establece el artículo 9.2 del Real Decreto 724/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, “los títulos de Traductor Jurado o Intérprete Jurado no confieren a sus titulares la condición de funcionario público ni suponen el establecimiento de ningún vínculo orgánico ni laboral con la Administración Pública”.
  • Las traducciones o interpretaciones que realicen los Traductores/as-Intérpretes Jurados/as, Traductores/as Jurados/as o Intérpretes Jurados/as tendrán carácter oficial, pudiendo ser aportadas ante los órganos judiciales y administrativos. Estos profesionales certificarán con su firma y sello la fidelidad y exactitud de sus actuaciones, empleando la fórmula dictada por el Ministerio.
  • La vía principal de obtención de este título es el examen que, a tal efecto, convoca periódicamente el Ministerio. No obstante, actualmente existe otra vía de acceso al mismo: el reconocimiento de cualificaciones profesionales análogas obtenidas en otro Estado miembro de la UE o del EEE.
  • Un requisito común a los dos procedimientos para la obtención del título de Traductor/a Jurado/a o Intérprete Jurado/a es el de ser ciudadano de alguno de los países miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. En cuanto a los requisitos académicos y profesionales hay que remitirse a la normativa que se recoge más abajo.
  • Los impresos para la presentación de las solicitudes de expedición del título, distintos para los casos de abono de las tasas dentro o fuera del territorio español, se facilitan en el enlace que figura más abajo. De la misma manera, se indican las peculiaridades del uso de procedimientos electrónicos para la presentación de la solicitud.

Traducciones oficiales

  • Las traducciones e interpretaciones de una lengua extranjera al castellano y viceversa tendrán carácter oficial si han sido realizadas por quien se encuentre en posesión del título de Traductor-Intérprete Jurado que otorga el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, según establece la disposición adicional décima sexta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, modificada por la disposición final cuarta de la Ley 29/2015, de 30 de julio.
  • Con el fin de facilitar información al ciudadano, la Oficina de Interpretación de Lenguas, máximo órgano de la Administración del Estado en materia de traducción e interpretación de lenguas, elabora y publica periódicamente un LISTADO DE TODOS LOS TRADUCTORES-INTÉRPRETES JURADOS que han sido nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, con indicación del idioma o idiomas para cuya traducción e interpretación han sido habilitados.
  • En el listado de Traductores-Intérpretes Jurados disponible actualmente figuran los datos de aquellos Traductores-Intérpretes Jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación que desean que sus datos consten en el mismo por encontrarse en ejercicio activo. El hecho de que un Traductor-Intérprete Jurado no figure en él no significa, necesariamente, que no haya recibido la habilitación correspondiente.

Datos vinculados:

Antecedentes:

  • Tras la aprobación de la modificación del Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas, efectuada por el RD 2002/2009, de 23 de diciembre, en esa lista deberán figurar todas aquellas personas que hayan sido habilitadas por el MAEC para ejercer dicha profesión (apartado catorce). En todo caso, sólo se indicarán los datos de contacto de quienes así lo deseen.

Normativa y formularios convocatoria actual:

Concursos:

Más información:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León