Auto Juzgado de Instrucción núm. 9 de Murcia de 30 de marzo de 2020. Liberación paulatina de los internos de un CIE por el Covid-19.

Tipo: Auto
Localización: Juzgados
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 30/03/2020
Número de recurso: 166/2020
Ponente: Dña. Olga Reverte Villar
Sentencia: 108/2020
Fuente: ECLI: ES:JI:2020:14A
Comentario:

 

Auto del Juzgado de Instrucción núm. 9 de Murcia de 30 de marzo de 2020.  Liberación paulatina de los internos de un CIE para evitar contagios por el Covid-19 y derivación a centros de acogida. Coronavirus. Extranjeros. Crisis sanitaria del Covid-19. Liberación escalonada de los internos ingresados en el Centro de Internamiento cuya expulsión no sea posible materializar por el cierre de fronteras con países de nuestro entorno, a fin de derivar a los ciudadanos extranjeros a los diferentes centros de acogida. Control del estado de salud de los internos como deber fundamental. Adopción de las medidas necesarias para cumplir lo dispuesto en el RD 463/2020, que establece el estado de alarma en todo el territorio nacional, debiendo producirse la liberación de forma escalonada. Competencia del Juez de Instrucción del lugar donde estén ubicados los Centros de Internamiento para el control de la estancia. El Juzgado de acuerda la liberación paulatina de los internos ingresados en el Centro de internamiento cuya expulsión no sea posible materializar, adoptando las medidas necesarias para cumplir el RD 463/2020 que establece el estado de alarma en todo el territorio nacionalDiario La Ley, núm. 9614, Sección Jurisprudencia, 16 de abril de 2020, Wolters Kluwer. 

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