Conclusiones presentadas el 9 de octubre de 2014. Cálculo de las pensiones de incapacidad permanente es contraria al Derecho de la UE.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 09/10/2014
Número de recurso: C‑527/13
Comentario:

Conclusiones presentadas el 9 de octubre de 2014. Abogado General Sr. Yves Bot. Asunto C‑527/13. Lourdes Cachaldora Fernández contra Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Procedimiento prejudicial. Directiva 79/7/CEE. Igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. Cálculo de las cuantías debidas en concepto de una pensión de incapacidad permanente. Integración de los períodos durante los cuales el interesado no ha cotizado al régimen de seguridad social. Disposición específica para los trabajadores a tiempo parcial. Discriminación indirecta contra las mujeres. Justificación objetiva.

A la luz de las consideraciones anteriores, proponemos al Tribunal de Justicia que responda de la siguiente manera al Tribunal Superior de Justicia de Galicia:

  • «El artículo 4, apartado 1, de la Directiva 79/7/CEE  del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa como la controvertida en el litigio principal, en la medida en que, por lo que respecta a los trabajadores que han ejercido una actividad a tiempo parcial durante el período inmediatamente anterior a una interrupción del abono de sus cotizaciones de seguridad social, dicha normativa da lugar a una reducción de la cuantía a la que se tiene derecho en concepto de una pensión de incapacidad permanente».

Procedimiento:

Comunicado de prensa del TJUE:

 

 

El cálculo de pensiones de incapacidad es ilegal por discriminar a las mujeres. Bruselas © Europa Press.es.

 

Repercusión en la prensa:

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