Conclusiones de 6 de septiembre de 2012. Prohibición de discriminación por razón de la nacionalidad.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 06/09/2012
Número de recurso: C-75/11
Comentario:

Conclusiones presentadas el 6 de septiembre de 2012. Abogado General Sra. Juliane KoKott.  Asunto C-75/11. Comisión/Austria. Ciudadanía de la Unión. Prohibición de discriminación por razón de la nacionalidad. Libertad de circulación de los ciudadanos de la Unión. Libre prestación de servicios. Transportes. Directiva 2004/38/CE. Derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros. Exclusión de reducciones de precios del transporte público de proximidad para estudiantes cuyos padres no reciben prestaciones familiares con arreglo al Derecho nacional, 

Propongo al Tribunal de Justicia que resuelva de la siguiente manera:

  • "1. La República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 18 TFUE en relación con los artículos 20 TFUE y 21 TFUE, al no beneficiarse los ciudadanos de la Unión estudiantes cuyos padres no perciben la prestación familiar austriaca, por vivir en otro Estado miembro, de las mismas tarifas de transporte reducidas que los estudiantes por los que se conceden prestaciones familiares austriacas en los Länder Wien, Oberösterreich, Burgenland y Steiermark y en el municipio de Innsbruck.
  • 2. La República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 24 de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, al no beneficiarse los estudiantes que cumplen lo exigido por el artículo 7, apartado 1, letra c), de la Directiva y cuyos padres no perciben la prestación familiar austriaca, por vivir en otro Estado miembro, de las mismas tarifas de transporte reducidas que los estudiantes por los que se conceden prestaciones familiares austriacas en los Länder Wien, Oberösterreich, Burgenland y Steiermark y en el municipio de Innsbruck.
  • 3. Que desestime el recurso en todo lo demás.
  • 4. La Comisión y la República de Austria cargarán con sus respectivas costas".

Procedimiento:

 

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