STJUE (Sala Segunda) de 21 de octubre de 2010. Cooperación policial y judicial en materia penal. Estatuto de la víctima en el proceso penal. Concepto de «víctima». Mediación penal en el marco del proceso penal.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 21/10/2010
Número de recurso: Asunto C-205/09.
Comentario:

STJUE (Sala Segunda) de 21 de octubre de 2010. Asunto C-205/09. Eredics. Cooperación policial y judicial en materia penal. Decisión marco 2001/220/JAI. Estatuto de la víctima en el proceso penal. Concepto de «víctima». Persona jurídica. Mediación penal en el marco del proceso penal.  isposiciones de desarrollo.

La Sala segunda del TJUE declaral:

  • "1) Los artículos 1, letra a), y 10 de la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal, deben interpretarse en el sentido de que el concepto de «víctima» no incluye a las personas jurídicas a efectos de impulsar la mediación en las causas penales a que se refiere dicho artículo 10, apartado 1.
  • 2) El artículo 10 de la Decisión marco 2001/220 debe interpretarse en el sentido de que no obliga a los Estados miembros a permitir la mediación para todas las infracciones cuya conducta típica, definida por la normativa nacional, coincida en lo esencial con la de las infracciones para las que esta normativa sí prevé expresamente la mediación".

Procedimiento:

Normativa aplicada:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León