STJUE (Sala Cuarta) de 17 de julio de 2014. No es competente el TJUE para conocer un caso de asilo en el que el solicitante utiliza un pasaporte falsificado.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Asilo
Fecha: 17/07/2014
Número de recurso: C-481/13
Comentario:

STJUE (Sala Cuarta) de 17 de julio de 2014. Asunto C-481/13. Proceso Penal contra Mohammad Ferooz Qurbani. Procedimiento prejudicial. Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados. Artículo 31. Nacional de un país tercero que entra en un Estado miembro a través de otro Estado miembro. Uso de los servicios de pasadores de fronteras. Entrada y residencia irregular. Presentación de un pasaporte falsificado. Sanciones penales. Incompetencia del Tribunal de Justicia para conocer un caso de asilo en el que el solicitante utiliza un pasaporte falsificado con pasadores de fronteras.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) declara:

  • “El Tribunal de Justicia Europeo es incompetente para responder a las cuestiones planteadas con carácter prejudicial por el Oberlandesgericht Bamberg (Alemania”.

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León