STEDH (Gran Sala) de 13 de diciembre de 2012. Se condena a Macedonia por detención ilegal, tortura y otros maltratos, y por el traslado en forma ilegal de un ciudadano alemán entregado a la CIA.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Europeo de derechos humanos
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 13/12/2012
Comentario:

STEDH (Gran Sala) de 13 de diciembre de 2012. Asunto El-Masri c. Macedeonia (Requête no 39630/09). Se condena a Macedonia  por detención ilegal, tortura y otros maltratos, y por el traslado en forma ilegal de Khaled El Masri, un ciudadano alemán que fue entregado a la CIA.  
El 13 de diciembre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó en forma unánime que Macedonia era responsable por la violación de las prohibiciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre detención ilegal, tortura y otros maltratos, y por el traslado en forma ilegal de Khaled El Masri, un ciudadano alemán que fue entregado a la CIA en Macedonia a fines de 2003. El tribunal comprobó que la policía de Macedonia había mantenido incomunicado a El Masri durante tres semanas en la frontera, donde fue interrogado. Luego fue puesto a disposición de agentes de la CIA en el aeropuerto de Skopie, donde sufrió una brutal golpiza, y posteriormente fue trasladado a una prisión en Afganistán bajo el control estadounidense, y allí fue interrogado, golpeado y amenazado en reiteradas oportunidades durante un lapso de cuatro meses, al cabo del cual fue liberado. El tribunal considera que las autoridades de Macedonia sabían o debían haber sabido que El Masri estaría expuesto a un riesgo real de tortura y trato cruel, inhumano y degradante bajo la custodia estadounidense. Se concede una indemnización de 60.000 euros (US$ 78.000) a El-Masri.

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  • El-Masri v. Macedonia.
  • Timeline: The Khaled El-Masri Case. La demanda interpuesta por El-Masri ante la justicia de Estados Unidos por detención ilegal fue desestimada en 2006 por el tribunal, que aceptó el argumento del gobierno de ese país sobre su derecho a invocar el secreto de Estado. Este privilegio impide que los casos prosigan cuando se determine que ello implicaría que se revelen secretos de Estado.

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