STJUE (Gran Sala) de 26 de febrero de 2013. Orden de detención europea. La entrega de una persona a las autoridades judiciales de otro Estado miembro en ejecución de una orden de detención europea no puede condicionarse a la posibilidad de una revisión de la condena impuesta en rebeldía.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 26/02/2013
Comentario:

STJUE (Gran Sala) de 26 de febrero de 2013. Asunto C-399/11. Stefano Melloni y Ministerio Fiscal. Cooperación policial y judicial en materia penal. Orden de detención europea. Procedimientos de entrega entre Estados miembros. Resoluciones dictadas a raíz de un juicio en el que el interesado no ha comparecido. Ejecución de una pena impuesta en rebeldía. Posibilidad de revisión de la sentencia

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Gran Sala) declara:

  • "1) El artículo 4 bis, apartado 1, de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, en su versión modificada por la Decisión marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, debe interpretarse en el sentido de que se opone a que, en los supuestos previstos en esa disposición, la autoridad judicial de ejecución someta la ejecución de una orden de detención europea emitida para el cumplimiento de una pena a la condición de que la condena impuesta en rebeldía pueda ser revisada en el Estado miembro emisor.
  • 2) El artículo 4 bis, apartado 1, de la Decisión marco 2002/584, en su versión modificada por la Decisión marco 2009/299, es compatible con las exigencias derivadas de los artículos 47 y 48, apartado 2, de la  Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
  • 3) El artículo 53 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea debe interpretarse en el sentido de que no permite que un Estado miembro subordine la entrega de una persona condenada en rebeldía a la condición de que la condena pueda ser revisada en el Estado miembro emisor, para evitar una vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías y de los derechos de la defensa protegidos por su Constitución". 

Procedimiento:

Noticia relacionada:

  • La entrega de una persona a las autoridades judiciales de otro Estado miembro en ejecución de una orden de detención europea no puede condicionarse a la posibilidad de una revisión de la condena impuesta en rebeldía (nota de prensa).
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