STJUE (Sala Cuarta) de 7 de julio de 2011. Norma nacional que excluía a los nacionales búlgaros de la inscripción en la lista de abogados en prácticas. Compatibilidad de la norma con el Acuerdo de Asociación CE-Bulgaria.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Nacionales de la Unión Europea
Fecha: 07/07/2011
Número de recurso: Asunto C-101/10
Comentario:

STJUE (Sala Cuarta) de 7 de julio de 2011. Asunto C-101/10. Gentcho Pavlov, Gregor Famira y Ausschuss der Rechtsanwaltskammer Wien. Relaciones exteriores. Acuerdos de Asociación. Norma nacional que excluía, antes de la adhesión de la República de Bulgaria a la Unión Europea, a los nacionales búlgaros de la inscripción en la lista de abogados en prácticas. Compatibilidad de esta norma con la prohibición de cualquier discriminación basada en la nacionalidad, prevista en el Acuerdo de Asociación CE-Bulgaria.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) declara:

  • "El principio de no discriminación enunciado en el artículo 38, apartado 1, primer guión, del Acuerdo Europeo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra parte, celebrado y aprobado en nombre de las Comunidades mediante la Decisión 94/908/CECA, CE, Euratom del Consejo y de la Comisión, de 19 de diciembre de 1994, debe interpretarse en el sentido de que no se oponía, antes de la adhesión de ésta a la Unión, a una norma de un Estado miembro como el artículo 30, apartados 1 y 5, de la Österreichische Rechtsanwaltsordnung (Estatuto de la Abogacía austriaco), en la versión aplicable al litigio principal, en virtud de la cual un nacional búlgaro, debido a la existencia de un requisito vinculado a la nacionalidad impuesto por dicha norma, no podía obtener su inscripción en la lista de los abogados en prácticas, ni, en consecuencia, un título de habilitación".

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León