Res. DGRN de 24 de junio de 2013. Deniega la nacionalidad por ausencia de cumplimiento del requisito de residencia legal. El estudiante no cumple requisito de residencia legal.

Tipo: Resoluciones
Localización: Dirección General de los Registros y del Notariado
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 24/06/2013
Fuente: Nuestro agradecimiento al letrado del Ilustre Colegio de Abogados del Señorio de Bizkaia, Javier Galparsoro García.
Comentario:

Res. DGRN de 24 de junio de 2013. Deniega la nacionalidad por ausencia de cumplimiento del requisito de residencia legal. Estudiante marroqui que vive en España desde hace más de 17 años. El estudiante no cumple requisito de residencia legal. El Centro Directivo desestima la petición de un psiquiatra marroquí por considerar que la tarjeta de estudiante no constituye título de residencia válido a los efectos del art. 22 del Cc. El médico llegó legalmente a España en 1996. Permanece 8 años como estudiante durante con su TIE. Y los 8 años siguientes con autorización de residencia, en la actualidad de larga duración. Eventual cambio de criterio de la propia DGRN con posible vulneración del art. 4.3 de la Directiva 2003/109/CE, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración (-los estudiantes computan el 50% a los efectos de calcular periodos de residencia-). 

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