Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Penal. Sección 4ª) de 3 de mayo de 2011. Caso Alakrana. Secuestro durante cuarenta y siete días de un barco atunero vasco con tripulación española en el océano Índico a una distancia de ciento veinte millas náuticas de la costa de Somalia.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Otros
Fecha: 03/05/2011
Número de recurso: 93/2009
Ponente: Carmen Paloma González Pastor
Sentencia: 10/2011
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Penal. Sección 4ª) de 3 de mayo de 2011. Caso Alakrana. Secuestro durante cuarenta y siete días de un barco atunero vasco con tripulación española en el océano Índico a una distancia de ciento veinte millas náuticas de la costa de Somalia.


Competencia judicial internacional. Jurisdicción de los tribunales españoles sobre los hechos (art. 23.1 LOPJ). Competencia de la Sala de lo Penal de la AN (art. 65 LOPJ). Mayoría de edad de uno de los acusados impide la instrucción de la causa por el Juzgado Central de Menores. Inhibición a favor del Juzgado Central de Instrucción. Detención ilegal. Secuestro durante cuarenta y siete días de un barco atunero vasco con tripulación española en el océano Índico a una distancia de ciento veinte millas náuticas de la costa de Somalia. Subtipo agravado por privación de libertad por tiempo superior a 15 días (art. 163.3 CP), en la modalidad de exigir condición para el rescate (art. 164 CP).

Normativa aplicada:

  • Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima y el Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental, hechos en Roma el 10 de marzo de 1988.

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