Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 5ª) de 22 de octubre de 2025. Yihadista expulsado durante diez años del territorio nacional.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 22/10/2025
Número de recurso: 12/2023
Ponente: D. Eduardo Hinojosa Martínez
Fuente: ECLI: ES:AN:2025:4636
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 5ª) de 22 de octubre de 2025. De conformidad a derecho de la expulsión del territorio nacional por un período de diez años del sujeto, nacional de Marruecos, por realización de actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, de acuerdo con la denuncia formulada por la Comisaría General de Información. Esta denuncia constituye una prueba de cargo válida a los efectos que aquí interesan. El sujeto fue condenado por la comisión de un delito de captación y adoctrinamiento terrorista. Prescripción: Inexistencia. Al iniciarse el procedimiento sancionador no se habría superado el plazo de dos años ni tampoco, claro está, el de tres establecidos para ello por la Ley Orgánica de Extranjería respecto de las infracciones graves y muy graves, sin que se haya justificado la paralización del procedimiento durante más de un mes por causa no imputable al sujeto. La medida de expulsión y la injerencia que supone sobre el derecho a la vida privada se contempla en este caso como necesaria y proporcionada a la finalidad legítima perseguida, consistente en la defensa de la seguridad nacional. La Audiencia Nacional desestima recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad de expulsión del territorio nacional © Diario LA LEY, núm.  10856, Sección Sentencias y Resoluciones, 2 de enero de 2026 (Texto completo).

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