SAN (Sala 3ª. Sección 8ª) de 23 de diciembre de 2021. Adquisición de la nacionalidad española por britanico de la OEPI en Alicante. Requisitos: residencia legal.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 23/12/2021
Número de recurso: 361/2020
Ponente: D. Fernando Luis Ruiz Piñeiro
Fuente: ECLI: ES:AN:2021:5698
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 8ª) de 23 de diciembre de 2021Nacionalidad española. Adquisición por residencia. Anulación de la resolución que se la deniega a natural de Reino Unido por no cumplir el requisito de residencia legal durante 10 años, al no contar con permiso de residencia por tiempo suficiente. Ciudadano que, como funcionario de la EUIPO, con sede en Alicante, ha residido ininterrumpidamente en España desde 1996, en que empieza a desempeñar su trabajo en dicha Oficina, hasta 2015, en que se jubila, teniendo desde entonces permiso de residencia. Calificación de esa residencia como legal a todos los efectos, equivalente al permiso de residencia del que gozan los ciudadanos de otros países que residen y trabajan en España. Como tal funcionario estaba excluido del ámbito de aplicación de la LOEX, exento de solicitar ese permiso y obligado a residir en Alicante, con acreditación expedida por las autoridades españolas. La Audiencia Nacional estima el recurso contencioso-administrativo y anula la resolución presunta del M.º Justicia que deniega al actor la concesión de la nacionalidad española por residencia, declarando su derecho a obtenerla. Diario La Ley, núm. 10014, Sección Jurisprudencia, 21 de febrero de 2022, Wolters Kluwer.

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