Sentencia de la Audiencia Provincial de Soria de 25 de junio de 2018. Matrimonio de complacencia para legalizar la residencia sin alterar la documentación, no constituye delito de falsedad.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencias Provinciales
Materia: Celebración de matrimonio
Fecha: 25/06/2018
Número de recurso: 30/2018
Ponente: D. José Luis Rodríguez Greciano
Sentencia: 62/2018
Comentario:

Sentencia de la Audiencia Provincial de Soria de 25 de junio de 2018. El matrimonio de complacencia para legalizar la residencia sin alterar la documentación personal, no constituye delito de falsedad. Falsedad en documento oficial. Entramado para constituir parejas de hecho simuladas entre ciudadanos extranjeros en situación irregular y mujeres de nacionalidad española para obtener su regularización. Situación análoga al "matrimonio de complacencia". Absolución por atipicidad. Si bien articularon una trama con la única finalidad de que un tercero obtuviera la residencia en España, no puede decirse que falsearan documentos, pues el acta matrimonial es genuina, su data es correcta y recoge un acto objetivamente celebrado. Tampoco existe alteración en los documentos pues no consta la intervención de personas que no la han tenido ni atribución a las que han intervenido de manifestaciones distintas de las que figuran. Contrato de trabajo simulado para que el trabajador obtenga el permiso de residencia. Absolución. Consta la realidad de los contratos de trabajo y no existe labor inspectora que determine un alta simulada en la Seguridad Social o la presencia de una relación laboral ficticia. La AP Soria estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de instancia, y absuelve por delito continuado de falsedad en documento oficial.  Diario La Ley, núm. 9390, Sección La Sentencia del día, 4 de abril de 2019, Editorial Wolters Kluwer (Texto completo).
 
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