Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Córdoba de 10 de febrero de 2016. Se deja sin efecto la resolución por la que se denegaba la autorización de tarjeta de residencia permanente de familiar de español.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 10/02/2016
Número de recurso: 780/2015
Ponente: D. Antonio Jesús Pérez Jiménez
Fuente: Nuestro agradecimiento y felicitación a las letradas del Ilustre Colegio de Abogados de Córdoba, Matilde Florín Domínguez y Lucía Salamanca Peña, despacho Lauden.
Comentario:

Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Córdoba de 10 de febrero de 2016. Solicitud de TFUE permanente dos años después de haber caducado el certificado inicial; el Juzgado estima el recurso, al no ser causa de denegación la presentación extemporánea, toda vez que se trata de un derecho declarativo y no constitutivo. Se deja sin efecto la resolución por la que se denegaba la autorización de tarjeta de residencia permanente de familiar de español. La presentación extemporánea de la solicitud de TFUE permanente no es causa de denegación al tratarse de un derecho declarativo y no constitutivo. La tarjeta residencia inicial familiar comunitario caducó el día 30/11/2012 y presentó la solicitud de TFUE permanente el día 16/04/2015.

Otras decisiones dictadas por el mismo magistrado-juez D. Antonio Jesús Pérez Jiménez:

Otras decisiones asesoradas por la letrada Dña. Lucía Salamanca Peña

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