Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 3 de Palma de Mallorca de 9 de mayo de 2017. Estima cambio de tarjeta de familiar de nacional de la UE a residencia de larga duración.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 09/05/2017
Número de recurso: 232/2016
Ponente: D. Pedro Antonio Mas Cladera
Sentencia: 145/2017
Fuente: Con nuestro agracedimiento y felicitación a la letrada del Ilustre Colegio de Baleares. Sede Palma de Mallorca, Margarita Palos Nadal.
Comentario:

Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 3 de Palma de Mallorca de 9 de mayo de 2017. Estima cambio de tarjeta de familiar de nacional de la UE a residencia de larga duración. Derecho a la residencia de larga duración de familiar de comunitario por cinco años sin condiciones adicionales. Estima demanda contra resolución que denegó residencia de larga duración solicitada en régimen general a un titular de residencia de familiar de comunitario durante cinco años. Se fundamenta en el art. 1 de la Ley Orgánica 4/2000, en la Disposición Final 4 del RD 240/2007, en el considerando 29 de la Directiva 2004/38/CE y cita la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria número 369/2016. Declara el derecho del recurrente a la Residencia de Larga Duración sin exigencia de los requisitos del art. 7, 8 y 9 del RD 240/2007 y del art. 7.1 de la Directiva 2004/38/CE.

Fundamento de Derecho:

  • "Se debe coincidir con la parte demandante, en que no existe razón para la exigencia de condiciones adicionales a los familiares de un español que hayan sido titulares de tarjeta de residente (en este caso comunitario) en relación con las que se exigen a los extranjeros que pretendan obtener la autorización de residencia de larga duración, sin tener aquella condición" (texto completo: archivo asociado).

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