STJUE de mayo de 2019.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 01/05/2019
Comentario:

Resumen de Decisiones del TJUE de mayo de 2019.

  • STJUE 14.05.2019. Asuntos acumulados C-391/16, C-77/17 y C-78/17. El examen del artículo 14, apartados 4 a 6, de la Directiva 2011/95/UE (normas relativas al reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional), no ha revelado ningún elemento que pueda afectar a la validez de estas disposiciones a la luz del artículo 78 TFUE, apartado 1, y del artículo 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. 
  • ATJUE 15.05.2019. Asunto C-827/18. Litigios en materia de derechos reales inmobiliarios y de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles. Restitución de los frutos obtenidos del arrendamiento de un bien antes de la transmisión de la propiedad. El foro exclusivo del art. 22.1 Convenio de Lugano no es aplicable a acción para solicitar restitución de los frutos obtenidos del arrendamiento de un bien antes de la transmisión de la propiedad. Fallo del Tribunal: "El artículo 22, punto 1, párrafo primero, del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado el 30 de octubre de 2007, cuya celebración fue aprobada en nombre de la Comunidad Europea mediante la Decisión 2009/430/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, debe interpretarse en el sentido de que no constituye una acción «en materia de derechos reales inmobiliarios y de contratos de arrendamiento de bienes inmuebles», en el sentido de la referida disposición, una acción ejercitada por el adquirente de un bien inmueble, que tiene por objeto el abono de un importe percibido por el vendedor en concepto del alquiler pagado por un tercero, cuando este adquirente, aunque ya había comenzado a disfrutar del bien en el momento del abono de ese importe, todavía no era legalmente el propietario, con arreglo a la normativa nacional aplicable" (DOUE, 26.08.2019
  • STJUE 23.05.2019. Asunto C-720/17. Un Estado miembro debe revocar el estatuto de protección subsidiaria cuando haya concedido ese estatuto sin que concurran los requisitos para tal concesión, basándose en hechos que posteriormente han resultado erróneos, y aunque no pueda reprocharse a la persona interesada que haya inducido a error al respecto al Estado miembro. 
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