Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Sede Palma de Mallorca (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 30 de mayo de 2017. A los familiares de españoles no se les puede exigir el cumplimiento de los requisitos del art. 7 de la Directiva 2004/38/CE y del art. 7 del RD 240/2007.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 30/05/2017
Número de recurso: 235/2014
Ponente: D. Gabriel Fiol i Gomila
Sentencia: 226/2017
Fuente: Con nuestro agracedimiento y felicitación a la letrada del Ilustre Colegio de Baleares. Sede Palma de Mallorca, Margarita Palos Nadal.
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Sede Palma de Mallorca (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 30 de mayo de 2017. A los familiares de españoles no se les puede exigir el cumplimiento de los requisitos del art. 7 de la Directiva 2004/38/CE y del art. 7 del RD 240/2007. Si el derecho originario a residir lo es de un español "no se le exigen los requisitos para residir en su propio país. Ordena retroacción actuaciones, cita STA 59/2016 de la SALA del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (con cita de la STUE 18/12/2015 Asunto C-2012/13, McCarthy) y STA 99 de 7 de marzo del 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

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