Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 2ª) de 24 de julio de 2017. Arraigo familiar en base a la sentencia Rendón.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 24/07/2017
Número de recurso: 379/2017
Ponente: Dña. Fátima Blanca de la Cruz Mera
Sentencia: : 592/2017
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 2ª) de 24 de julio de 2017. Arraigo familiar en base a la sentencia Rendón. 

Fundamentos de Derecho:

  • Segundo. La cuestión jurídica a resolver en el presente recurso ha sido abordada por la reciente STS 10 de enero de 2017 (recurso de casación nº 961/2013 ) en el siguiente sentido: "Mediante Auto de 20 de marzo de 2014 esta Sala planteó cuestión prejudicial ante el Tribunal de justicia de la Unión europea en la que se formuló la siguiente pregunta: "¿Es compatible con el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea , interpretado a la luz de las Sentencias de 19 de octubre de 2004 (asunto C-200/02 ) y 8 de marzo de 2011 (asunto C-34/09 ), una legislación nacional que excluye la posibilidad de otorgar permiso de residencia a un progenitor de un ciudadano de la Unión Europea, menor de edad y dependiente de aquél, por tener antecedentes penales en el país donde formula la solicitud, aunque ello lleve aparejada la salida forzosa del territorio de la Unión del menor al tener que acompañar al progenitor?" El Tribunal de Justicia ha dictado Sentencia en el asunto C-165/14, de 13 de septiembre de 2016. En ella se afirma lo siguiente:
    (...)
  • Tercero. La aplicación al caso de autos de la precedente doctrina jurisprudencial conlleva estimar el recurso de apelación, atendidas las circunstancias concurrentes. Es cierto que el apelante, de nacionalidad guineana, tiene antecedentes penales en nuestro país, habiendo sido cumplida ya una pena y estando la otra suspendida. Por lo demás, ha de hacerse constar que es padre de un menor de edad nacido en España y de nacionalidad española (consta su DNI), empadronado en el mismo domicilio en compañía tanto del apelante como de la madre del menor, también de nacionalidad guineana. Pues bien, atendidas las anteriores consideraciones, puede afirmarse válidamente, sin que a ello se oponga de forma expresa la parte apelada, que de confirmarse la decisión administrativa, el apelante se vería obligado a abandonar el territorio español, resultando así afectados los derechos del menor español a su cargo. Por tanto, la mera existencia de antecedentes penales no puede impedir que en este caso, por las circunstancias antes reseñadas, se deniegue la autorización que nos ocupa, debiéndose estimar el recurso y reconocerle la autorización indebidamente denegada".

Fuente: Poder Judicial.es.  ECLI: ES:TSJM:2017:7539

Otras decisiones dictadas por la misma Ponente:

  • STSJ Madrid 14.07.2016. Revoca expediente de expulsión por mera estancia irregular al acreditar arraigo familiar.
  • STSJ Madrid 31.05.2017. Revoca sentencia que denegó tarjeta a esposa de español por matrimonio fraudulento. 
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