Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 2ª) de Murcía de 30 de enero de 2015. Residencia larga duración: se deniega por ausencias del territorio español por más de diez meses.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 30/01/2015
Número de recurso: 246/2014
Ponente: Dña. Leonor Alonso Díaz Marta
Sentencia: 216/2015
Fuente: Cendoj.
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 2ª) de Murcía de 30 de enero de 2015. Ausencias del territorio español por más de diez meses suponen la denegación de la residencia de larga duración

Fundamentos de Derecho:

  • "Como decía la Sala en su sentencia 1098/2012, de 20 de diciembre, reproducida en la sentencia 130/13, de 18 de febrero, la normativa aplicable además no admite posibilidad de justificar las ausencias como pretende el recurrente, ni siquiera por causa de fuerza mayor, la cual, por otro lado, no ha acreditado, pues no es suficiente al efecto alegar motivos de salud; máxime si no consta que los mismos le impidieran viajar o no fuera posible su tratamiento en España. Procede recordar que por fuerza mayor se entiende todo evento que ni pudo ser previsto ni, de haberlo sido, podría haberse evitado. No pude decirse por tanto la enfermedad que padecía que le tuvo de baja en su país durante 99 días (entre el 24 de agosto de 2009 y el 30 de noviembre de 2009), pueda constituir un supuesto de fuerza mayor, sobre todo teniendo en cuenta la larga duración de la ausencia (restando los 99 días referidos de los 480 días de ausencia total, duró más de un año)" (Texto completo)

Otras Sentencias dictadas por el mismo Tribunal en el mes de enero y febrero de 2015

Otras Sentencias dictadas por el mismo Tribunal en el mes de febrero de 2015:

 

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