STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 10 de julio de 2025. Autorización de residencia por circunstancias especiales de enfermedad sobrevenida otorgada a menor de edad. Extensión a sus padres y hermanos menores de edad.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Autorización de residencia no laboral
Fecha: 10/07/2025
Número de recurso: 1963/2023
Ponente: D.ª Ángeles Huet De Sande
Sentencia: 942/2025
Fuente: ECLI:ES:TS:2025:3312
Comentario:

STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 10 de julio de 2025. Autorización de residencia por circunstancias especiales de enfermedad sobrevenida otorgada a menor de edad. Extensión a sus padres y hermanos menores de edad. En este fallo el TS, en parte ya ha incorporado RD 1155/2024 pero que hace extensiva la autorización de residencia por razones humanitarias a los hermanos menores del también menor que padece enfermedad grave de carácter sobrevenida.

  • Fundamento de Derecho: Sexto. La interpretación que fija esta sentencia. Tras estas consideraciones, podemos ya dar respuesta a la cuestión que nos planteó el auto de admisión en los términos siguientes: Concedida a un extranjero menor de edad la autorización de residencia temporal por razones humanitarias por razón de enfermedad sobrevenida de carácter grave regulada en el artículo 126.2 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, el superior interés del menor determina que sus padres y otros hermanos igualmente menores de edad que convivían con él en España al tiempo de sobrevenirle la enfermedad puedan acogerse también a esa autorización contemplada en el artículo 126.2 del citado real decreto.

Fuente: Poder Judicial.es.

Otras decisiones de la misma ponente (Dña. Ángeles Huet De Sande):

  • STS 13/02/2025. Podría no ser suficiente para acreditar la integración social tener aprobado las pruebas del Instituto Cervantes. 
  • STS 09.07.2024. Reagrupación familiar de extranjero no comunitario con ciudadano español que no ha ejercido su derecho a la libre circulación.
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