STJCE (Sala Primera) de 10 de septiembre de 2009. Asunto C-277/08. Francisco Vicente Pereda y Madrid Movilidad, S.A. Directiva 2003/88/CE.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 10/09/2009
Comentario:

 

STJCE (Sala Primera) de 10 de septiembre de 2009. Asunto C-277/08. Francisco Vicente Pereda y Madrid Movilidad, S.A. Directiva 2003/88/CE.

Ordenación del tiempo de trabajo. Derecho a vacaciones anuales retribuidas. Incapacidad temporal. Vacaciones anuales que coinciden con una incapacidad temporal. Derecho a disfrutar las vacaciones anuales en otro período.

Fallo:

“En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Primera) declara: El artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que se opone a disposiciones nacionales o convenios colectivos que establezcan que un trabajador que se encuentre en situación de incapacidad temporal durante el período de vacaciones anuales fijado en el calendario de vacaciones de la empresa en la que está contratado no tiene derecho, una vez dado de alta médica, a disfrutar sus vacaciones anuales en un período distinto del fijado inicialmente, en su caso fuera del período de referencia de que se trate”.

Ver sentencia completa en curia.europa.eu/jurisp/cgi-bin/form.pl

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