STJUE (Sala Segunda) de 14 de junio de 2012. Libre circulación de personas. Acceso a la enseñanza. Financiación de los estudios superiores cursados fuera del territorio del Estado miembro interesado. Requisito de residencia.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 14/06/2012
Número de recurso: Asunto C‑542/09
Comentario:

STJUE (Sala Segunda) de 14 de junio de 2012Asunto C‑542/09. Comisión Europe contra  Reino de los Países Bajos. Incumplimiento de Estado. Libre circulación de personas. Acceso a la enseñanza de los trabajadores migrantes y de los miembros de sus familias. Financiación de los estudios superiores cursados fuera del territorio del Estado miembro interesado. Requisito de residencia.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Segunda) decide:

  • 1) Declarar que el Reino de los Países Bajos ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 45 TFUE y del artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CEE) núm. 1612/68 del Consejo, de 15 de octubre de 1968, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Comunidad, en la versión modificada por el Reglamento (CEE) núm. 2434/92 del Consejo, de 27 de julio de 1992, al imponer un requisito de residencia, concretamente la regla denominada «tres de los últimos seis años», a los trabajadores migrantes y a los miembros de sus familias cuya manutención continúan sufragando para permitirles obtener la financiación de los estudios superiores cursados fuera de los Países Bajos.
  • 2) Condenar en costas al Reino de los Países Bajos".

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León