Auto del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 11 de Madrid de 10 de mayo de 2010. Rechazo en frontera. Se matiene la medida cautelar acordada y se autoriza la entrada en territorio español a la recurrente.

Tipo: Auto
Localización: Juzgados
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 10/05/2010
Fuente: Web ICAM. Nuestro agradecimiento y felicitación a la letrada del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Carmen Moles Martínez
Comentario:

Auto del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 11 de Madrid de 10 de mayo de 2010. Rechazo en frontera. Se matiene la medida cautelar acordada y se autoriza la entrada en territorio español a la recurrente.

Se mantiene la medida cautelar acordada en el Auto dictado por el mismo Juzgado de fecha 6 de mayo de 2010 (www.icam.es/docs/ficheros/201005120006_6_1.pdf). Se autoriza el acceso a España para realizar la finalidad declarada de su viaje: asistir al nacimiento de su nieto y los días posteriores. La recurrente tiene billete de vuelta a su país para el día 2 de julio de 2010, el motivo del viaje esta justificado. No se puede temer en cuenta, lo alegado por la Abogacía del Estado en la comparecencia, de que la recurrente no poseía carta de invitación, puesto que no consta en la resolución recurrida. 

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