STJUE (Sala Segunda) de 18 de noviembre de 2010. Igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de empleo y de trabajo. Normativa nacional que fija la edad que da derecho a esa pensión en 60 años para las mujeres y en 65 años para los hombres.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Derechos y libertades.
Fecha: 18/11/2010
Número de recurso: Asunto C-356/09.
Comentario:

STJUE (Sala Segunda) de 18 de noviembre de 2010. Asunto C-356/09. Pensionsversicherungsanstalt y Christine Kleist. Política social. Igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de empleo y de trabajo. Directiva 76/207/CEE. Artículo 3, apartado 1, letra c).Normativa nacional que facilita el despido de los trabajadores que han adquirido el derecho a pensión de jubilación. Objetivo de promoción del empleo de personas más jóvenes. Normativa nacional que fija la edad que da derecho a esa pensión en 60 años para las mujeres y en 65 años para los hombres.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Segunda) declara:

  • El artículo 3, apartado 1, letra c), de la Directiva 76/207/CEE del Consejo, de 9 de febrero de 1976, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesionales, y a las condiciones de trabajo, en su versión modificada por la Directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, debe interpretarse en el sentido de que constituye una discriminación por razones de sexo prohibida por dicha Directiva una normativa nacional que, con el fin de promover el acceso al empleo de personas más jóvenes, permite a un empresario despedir a los trabajadores que han adquirido el derecho a pensión de jubilación, dado que las mujeres adquieren ese derecho a una edad inferior en cinco años a la edad en que lo hacen los hombres.

Procedimiento:

Casos en los que se aplica la  Directica 76/207/CEE.

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