Conclusiones presentadas el 17 de mayo de 2017. Reglamento de sucesiones prohíbe denegación reconocimiento efectos reales legado vindicatorio previsto en la ley sucesoria.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Celebración de matrimonio
Fecha: 17/05/2017
Número de recurso: 218/16
Comentario:

Conclusiones presentadas el 17 de mayo de 2017. Abogado General Sr. Yves Bot. Asunto C-218/16. Aleksandra Kubicka (Kubicka). Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Okręgowy w Gorzowie Wielkopolskim (Tribunal Regional de Gorzów Wielkopolski) (Polonia). Procedimiento prejudicial. Sucesiones y certificado sucesorio europeo. Ámbito de aplicación del Reglamento (UE) núm. 650/2012. Bien inmueble situado en un Estado miembro que no conoce el legado vindicatorio. Denegación del reconocimiento de los efectos reales de dicho legado. Reglamento de sucesiones prohíbe denegación reconocimiento efectos reales legado vindicatorio previsto en la  ley sucesoria.

El Abogado General recomienda al Tribunal que responda a las cuestiones planteadas en el siguiente sentido:

  • "En una situación como la del asunto principal, los artículos 1, apartado 2, letras k) y l), y el artículo 31 del Reglamento (UE) núm.  650/2012.del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de
    las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo, deben interpretarse en el sentido de que no permiten la denegación del reconocimiento de los efectos reales del legado vindicatorio (legatum per vindicationem) previsto por la ley sucesoria, cuando este legado afecta al derecho de propiedad de un inmueble situado en un Estado miembro cuya legislación no conoce el instituto del legado con efectos reales directos".

Procedimento:

Otras conclusiones presentadas durante el mes de mayo de 2017:

  • Conclusiones 04.05.2017.  Solicitud protección internacional y verificación identidad, nacionalidad y elementos en los que se basa.
  • Conclusiones 04.05.2017. Competencia internacional en acciones simultáneas sobre una marca de la UE y una marca nacional.
  • Conclusiones 04.05.2017. Elección representantes trabajadores reservado a trabajadores empleados dentro de territorio nacional. El
  • Conclusiones 04.05.2017. Traslado domicilio social estatutario de sociedad a otro EM sin traslado del domicilio social real.
  • Conclusiones 11.05.2017. Obligación traducción de resolución judicial autorización decreto propuesta de imposición de pena.
  • Conclusiones 11.05.2017. UBER no presta servicio de la sociedad de la información sino un servicio de transporte.
  • Conclusiones 18.05.2017. Competencia judicial iinternacional acción directa del empleador y de la persona perjudicada contra asegurador.
  • Conclusiones 18.05.2017. La reducción de sueldo a la judicatura portuguesa no afecta a su independencia.
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Coordinado por: Universidad de León