SAN (Sala 3ª. Sección 6ª) de 16 febrero 2021. Deniega nacionalidad a marroquí por ausencia de integración en la sociedad.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 16/02/2021
Número de recurso: 933/2019
Ponente: D. Francisco de la Peña Elías
Fuente: ECLI:ES:AN:2021:359
Comentario:

Sentencia Audiencia Nacional (Sala 3ª. Sección 6ª) de 16 febrero 2021. Deniega nacionalidad a marroquí por ausencia de integración en la sociedad española, aunque tenga arraigo. Nacionalidad española. Adquisición por residencia. Requisitos: suficiente integración en la sociedad española. El Juez Encargado del Registro Civil se mostró desfavorable a la concesión de la nacionalidad en atención al escaso grado de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles y a la vista del total desconocimiento del idioma castellano. La solicitante no ha acreditado el grado de integración bastante en la sociedad española que exige el art. 22.4 del CC. A ello no obsta el tiempo de residencia en territorio español, lo que pondría de manifiesto, en su caso, su arraigo, pero no su integración. Denegación de la nacionalidad española por residencia debido al escaso grado de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles y a su total desconocimiento del idioma castellano. Se deniega la nacionalidad española por residencia a una nacional de Marruecos dado su escaso grado de adaptación a la cultura y estilo de vida  En el presente caso el Juez Encargado del Registro Civil se mostró desfavorable a la concesión de la nacionalidad en atención al escaso grado de adaptación a la cultura y estilo de vida españoles y a la vista del total desconocimiento del idioma castellano. En consecuencia, la solicitante no ha acreditado el grado de integración bastante en la sociedad española que exige el art. 22.4 del CC. Sin que a ello obste el tiempo de residencia en territorio español, lo que pondría de manifiesto, en su caso, su arraigo, pero no su integración (Texto completo: Cendoj).

Otras decisiones del mismo magistrado:

  • SAN 19.06.2017. La sanción por dopaje debe ser reconocida en España para poder desplegar sus efectos.
  • SAN 11.10.2018. Denegada la nacionalidad a extranjera que desconocía qué se celebra en Navidad.
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