SAN (Sala 3ª. Sección 3ª) de 18 de enero de 2018. Concede la nacionalidad a un menor marroquí cuyos padres apenas hablan español.

Tipo: Sentencia
Localización: Audiencia Nacional
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 18/01/2018
Número de recurso: 339/2016
Ponente: Dña. Isabel García García-Blanco
Comentario:

SAN (Sala 3ª. Sección 3ª) de 18 de enero de 2018. Concede la nacionalidad a un menor marroquí cuyos padres apenas hablan español. Adquisición por residencia. Concesión a menor natural de Marruecos. Anulación de la resolución denegatoria, fundada en su falta de integración en la sociedad española por referencia a la de sus padres, con base en la apreciación del encargado del Registro Civil, que no le examinó personalmente. El menor supera por sí mismo de los estándares de integración que le son exigibles, dadas sus propias circunstancias personales, sin que puedan trasvasársele los inconvenientes que al respecto presentan sus padres.Se trata de un niño nacido y residente en España, que está a punto de cumplir los 12 años cuando solicita la nacionalidad, debidamente escolarizado, y respecto del que el informe policial dice que habla español, tiene arraigo y carece de antecedentes de ningún tipoDiario La Ley, núm. 9194, Sección La Sentencia del día, 10 de mayo de 2018, Editorial Wolters Kluwer.

Fuente: Poder Judicial.es.ECLI: ES:AN:2018:51

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Bibliografía:

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