Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Santa Cruz de Tenerife de 28 de junio de 2017. Concede arraigo social sin la aportación de parte de la documentación empresarial requerida.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Autorización de residencia no laboral
Fecha: 28/06/2017
Número de recurso: 22/2017
Ponente: D. Francisco Eugenio Ubeda Tarajano
Sentencia: 140/2017
Comentario:

Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Santa Cruz de Tenerife de 28 de junio de 2017. Concede arraigo social sin la aportación de parte de la documentación empresarial requerido.

Fallo

  • "La Oficina de Extranjeros ha procedido a archivar la solicitud presentada por el actor por entender que el recurrente debió aportar al expediente incoado dos certificados de que su empresa se encontraba al corriente en el pago frente a la AEAT y frente a la Seguridad Social. Sin embargo, ni el artículo 124 ni el 128 del Reglamento de la LOEX imponen en modo alguno que entre la documentación aportada por el recurrente (trabajador por cuenta ajena) se aporten dichos certificados. De manera que, conforme al por entonces vigente artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no le era exigible al actor aportar una documentación no exigible por norma jurídica alguna y la demandada debía continuar la tramitación del procedimiento (en este sentido Sentencia 278/2016, de 19 de julio del TSJ de Madrid y la STSJ de Galicia 274/2017, de 24 de mayo)".

Otras decisiones dictadas por el mismo juez-magistrado:

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