Sentencia del Juzgado Central Contencioso-Administrativo núm. 8 de 30 de julio de 2010. Admisión de solicitud de asilo.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Asilo
Fecha: 30/07/2010
Ponente: Dña. Mª Dolores de Alba Romero
Comentario:

La parte actora fundamenta su pretensión de asilo en España, en que él y su familia son objetivo de un grupo de narcotráficantes, responsables directos del asesinato de su yerno e hijastras. El Tribunal, señala que no basta con existir "indicios suficientes", para obtener la condición de refugiado, como así se señala en el artículo 8 de la Ley de Asilo. Por ello hay que hacer una interpretación restrictiva del precepto señalado. Así que se ha de verificar que el demandanate de asilo expone un conjunto de hechos que sean  susceptibles de integrar una persecución por motivos políticos, de raza, religión,nacionalidad o pertenencia a un grupo social, conforme a lo establecido en el Convenio de Ginebra de 1951 y el artículo 3 de la Ley de Asilo. La juez, aconseja la admisión a trámite de la petición de asilo, y que la Administración decida la concesión o denegación de la condición de refugiado. 

 

Sentencia del Juzgado Central Contencioso-Administrativo núm. 8 de 30 de julio de 2010. Admisión de solicitud de asilo.  

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