STC 95/2009 de 20 de abril de 2009 (Sala Segunda). Denegación de tarjeta de residencia.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Constitucional
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 20/04/2009
Enlace: Sentencia
Número de recurso: 229/2007
Comentario:

STC 95/2009 de 20 de abril de 2009 (Sala Segunda). Denegación de tarjeta de residencia.

Promovido por doña Judith Andrea Lucachesky de Rial y otra persona respecto a las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña que desestimaron su demanda de protección de derechos fundamentales sobre denegación de tarjeta de residencia comunitaria. Alegada vulneración de los derechos a la igualdad y de asociación; supuesta vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: satisfacción extraprocesal en contencioso ordinario; sentencias motivadas y no incongruentes. Vulneración de los derechos a la libertad personal y al habeas corpus: STC 172/2008."

"3. Del examen de las actuaciones obrantes en este proceso se desprende que, con anterioridad a la interposición del presente recurso de amparo, las demandantes ya habían obtenido la reparación de las lesiones que han venido a reclamar ante este Tribunal. En efecto, las recurrentes solicitaron reiteradamente a la Administración la expedición de tarjeta de residencia comunitaria, siendo ello denegado por diferentes resoluciones del Subdelegado del Gobierno en A Coruña al no estar inscrito en el Registro Civil el matrimonio de doña Judith Andrea Lucachesky de Rial con un ciudadano español. Ante esta situación iniciaron, al menos, dos vías diferentes de impugnación de las distintas resoluciones denegatorias; una de ellas a través del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, alegando la vulneración de los arts. 14 y 22 CE, vía que fracasó, tanto en primera instancia como en apelación, y de la cual trae origen el presente recurso de amparo.
De manera simultánea a dicha impugnación las recurrentes interpusieron frente a la denegación de la tarjeta de residencia sendos recursos contencioso-administrativos ordinarios. A través de esta última vía, tramitada ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo núms. 2 y 4 de A Coruña, las demandantes (madre e hija) obtuvieron la estimación de sus recursos en Sentencias de fechas 21 de septiembre de 2006 y 30 de junio de 2006, respectivamente. Las citadas Sentencias entendieron que no era asumible el argumento esgrimido por la Administración para la denegación de las tarjetas de residencia, la falta de inscripción en el Registro Civil del matrimonio de doña Judith Andrea Lucachesky de Rial con un ciudadano español; por ello, en su parte dispositiva, anularon los actos denegatorios de la tarjeta de residencia y reconocieron el derecho de las recurrentes a su obtención. Estas Sentencias adquirieron firmeza con anterioridad a la presentación de la actual demanda de amparo, constando en las actuaciones el archivo de los procesos en los que fueron dictadas desde el 13 de noviembre y el 20 de octubre de 2006, respectivamente.
En definitiva, en un momento anterior a la interposición de la presente demanda de amparo las lesiones aducidas habrían sido reparadas por los órganos judiciales y la supuesta desigualdad habría sido corregida, así como la denunciada lesión del derecho de asociación".

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