STJUE (Sala Primera) de 20 de enero de 2011. Incumplimiento de Grecia. Exención reservada únicamente a los residentes en el territorio nacional y a los nacionales de origen griego que no residen en dicho territorio en la fecha de la compra de un bien inmueble como primera vivienda.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 20/01/2011
Número de recurso: Asunto C-155/09
Comentario:

STJUE (Sala Primera) de 20 de enero de 2011. Asunto C-155/09. Comisión Europea contra República Helénica. Incumplimiento de Estado. Artículos 12 CE, 18 CE, 39 CE y 43 CE. Artículos 4, 28 y 31 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Legislación tributaria. Requisitos de exención del impuesto de transmisión de bienes inmuebles al adquirir un bien inmueble como primera vivienda. Exención reservada únicamente a los residentes en el territorio nacional y a los nacionales de origen griego que no residen en dicho territorio en la fecha de la compra.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Primera) decide:

  • 1) La República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 12 CE, 18 CE, 39 CE y 43 CE y 4, 28 y 31 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992
    – al conceder una exención del impuesto de transmisión de bienes inmuebles, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1, apartados 1 y 3, párrafo primero, de la Ley 1078/1980, únicamente a los residentes permanentes en el territorio nacional y excluir de dicha exención a los no residentes que tienen intención de instalarse en el futuro en ese territorio, y
    al conceder una exención de ese mismo impuesto, en determinadas condiciones, únicamente a los nacionales griegos o a los griegos de origen que adquieren una primera vivienda en el territorio nacional.
  • 2) Condenar en costas a la República Helénica. 

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León