Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de Galicia. Sede A Coruña de 6 de abril de 2016. Confirma expulsión y eventual multa en vrtud del art. 6 Directiva 2008/115/CE.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 06/04/2016
Número de recurso: 33/2016
Ponente: D. Benigno López González
Sentencia: 213/2016
Comentario:

 

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de Galicia. Sede A Coruña de 6 de abril de 2016. Confirma expulsión y la posibilidad de multa para las circunstancias excepcionales recogidas en el artículo 6 de la  Directiva 2008/115/CE.

Fundamentos de Derecho:

  • (...) En consecuencia de lo expuesto, la previsión recogida en la Ley Orgánica 4/2000 de que podrá acordarse la expulsión en términos potestativos, ha de entenderse como regla general y de aplicación preferente mientras que la multa ha de quedar relegada a aquellos supuestos en que concurran las circunstancias excepcionales que se recogen en la propia  Directiva (en su artículo 6). Con ello, la sentencia comunitaria determina la superación y cambio del criterio recogido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en materia de hechos negativos de necesaria apreciación para la adopción de la medida de expulsión
  • Quinto. De ahí que en el presente caso, la situación de permanencia ilegal en España del apelante es factor determinante de la expulsión y consiguiente conformidad a derecho de la actuación administrativa impugnada consistente en la sanción de expulsión, así como la conformidad de la sentencia apelada, ya que nos encontramos con la entrada y permanencia ilegal sin el contrapeso de un sólido arraigo o elocuente panorama indiciario de voluntad de inserción social en España, ni haberse acreditado cualificadas razones humanitarias, situaciones referidas a supuestos tasados y excepcionales trazados por la Directiva comunitaria referida.
  • A ello debemos añadir el intenso y extenso impacto de la medida de expulsión en los términos marcados por la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia Europeo toda vez que incide sobre el soporte vital del extranjero, su libertad de residencia y deambulatoria y pudiendo determinar la separación de familiares y eje sociocultural de su actividad o empleo, circunstancias onerosísimas que además afectan a un amplísimo colectivo, todo lo cual reclama una interpretación razonable, ponderada y paulatina de las medidas gravosas, ya deriven de la normativa interna o del Derecho comunitario".

Fuente: Cendoj.

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