STS (Sala 2ª. Sección 1ª) de 21 de diciembre de 2016. Condenado abogado que asesoró y cooperó con su cliente británico para ocultar inversiones ilícitas y eludir tributos en España.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Otros
Fecha: 21/12/2016
Número de recurso: 525/2016
Ponente: : D. Pablo Llarena Conde
Sentencia: 970/2016
Fuente: Diario La Ley.
Comentario:

STS (Sala 2ª. Sección 1ª) de 21 de diciembre de 2016. Condenado abogado que asesoró y cooperó con su cliente británico para ocultar inversiones ilícitas y eludir tributos en España. Delito fiscal. Empresario de Reino Unido que invierte activos ilícitos procedentes de una estafa de venta de acciones en su país para adquirir inmuebles en España a través de sociedades interpuestas, ocultando la titularidad real de su origen y evitando su correcta tribulación en España. Afloramiento de activo no declaro en cuentas corrientes que debió tributar como incremento no justificado de patrimonio. Elusión de sus obligaciones fiscales derivadas del IRPF. Ausencia de tributación por las plusvalías obtenidas, exigible ex Convenio entre España y el Reino Unido para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. Cooperación necesaria del letrado –asesor fiscal- que conocía el origen ilícito de los caudales y proporcionó los medios necesarios –sociedades en paraísos fiscales, cuentas corrientes puente y pagos en efectivo—para ocultar el origen de los recursos empleados en las inversiones y aprovecharse de su defraudación. Blanqueo de capitales. Doloso del letrado por ofrecer como servicios profesionales a sus clientes mecanismos de opacidad fiscal y ocultamiento de fondos en paraísos fiscales. Imprudente de su secretaria, que actúa como testaferro. Penalidad. Condena en segunda sentencia a pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la SS omitida en la instancia. Diario La Ley, núm. 8909, Sección Jurisprudencia, 26 de enero de 2017; Iustel 28.08.2017. 

Fuente: Poder Judicial.es.

Otras decisiones del mismo Ponente:

  • ATS 08.07.2016. Competencia judicial en delito de prostitución, trata e inmigración ilegal.
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