STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 21 de marzo de 2017. Denegación de estatuto de apátrida a una persona natural de Tayikistán.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Apátridas
Fecha: 21/03/2017
Número de recurso: 2600/2016
Ponente: D. Pedro José Yagüe Gil
Sentencia: 469/2017
Comentario:

STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 21 de marzo de 2017. Denegación del estatuto de apátrida a una persona natural de Tayikistán. Se considera que el recurrente no acreditado sufientemente que no tenga la nacionalidad tayika.

Fundamentos de Derecho:

  • “…..Se considera, asimismo, que en la Ley tayika de nacionalidad no se condiciona en ningún momento la nacionalidad al hecho de ser musulmán o perteneciente a la etnia tayika. Al no aportarse ningún documento de las autoridades tayikas que señale este extremo, es preciso atenerse a lo que establece la normativa vigente.
  • Sexto. Y debemos consignar, aunque sea sólo a mayor abundamiento, que el actor solicitó el estatuto de apátrida el día 26 de noviembre de 2012, siendo así que entró en España, según sus propias manifestaciones  en la solicitud, en el año 2003.
  • Resultaría por ello aplicable lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 865/2001, de 20 de julio , por el  que se aprobó el Reglamento del Estatuto de Apátrida, que exige presentar la solicitud en el plazo de 10 días  desde la entrada en territorio nacional, so riesgo de que la solicitud se presuma manifiestamente infundada si  el interesado ha permanecido más de un mes en situación de ilegalidad".

Fuente: Poder Judicial.es.

Otras decisiones dictadas por el mismo Ponente:

  • STS 17.05.2011. Extranjeros. Autorización inicial de trabajo. Competencias autonómicas.
  • STS 26.07.2011. Autorización de residencia por colaboración del solicitante con las autoridades policiales.
  • STS 16.12.2011. Visado. Reagrupación ascendientes de española por naturalización.
  • STS 27.12.2012. Visado. Reagrupación familiar.
  • STS 15.04.2014. Prórroga de tarjeta de estudiante.
  • STS 10.06.2014. Multa por blanqueo de capitales por sacar de España dinero sin haberlo declarado.
  • STS 12.07.2016. Residencia por colaboración con autoridades administrativas. Inmigrante perteneciente al colectivo de desalojados de un asentamiento. 
  • STS 19.12.2016. Protección subsidiaria: testigo protegido en vía penal y circunstancias excepcionales por colaboración con las autoridades.
  • STS 21.03.2017. Apatridia: una persona palestina tiene nacionalidad.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León