STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 26 de septiembre de 2016. Naturalización por residencia. Requisitos: residencia legal en España. Tarjeta familiar de residente comunitario. Eficacia mientras subsiste la situación familiar. Efectos de su extinción. Denegación

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Adquisición de la nacionalidad
Fecha: 26/09/2016
Número de recurso: 1519/2015
Ponente: D. Octavio Juan Herrero Pina
Sentencia: 2053/2016
Fuente: Cendoj
Comentario:

 

STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 26 de septiembre de 2016. Nacionalidad española. Naturalización por residencia. Requisitos: residencia legal en España. Tarjeta familiar de residente comunitario. Eficacia mientras subsiste la situación familiar. Efectos de su extinción. Denegación. La mera perdida de vigencia de la tarjeta de familiar de residente comunitario no supone que necesaria y automáticamente su titular pase a encontrarse en una situación de estancia ilegal en España, pues puede ocurrir que el solicitante tenga derecho a residir en territorio español por otros conceptos y resulta lógico y razonable una interpretación flexible del requisito de la continuidad en el supuesto de demora en la petición de los permisos pertinentes que no permita cuestionar la clara voluntad del solicitante de regularizar su situación. Se desestima el recurso de casación.

Fundamentos de Derecho;

  • “Primero. ....el recurrente solicitó la concesión de la nacionalidad española por residencia, que le fue denegada por resolución de la D.G.R.N. de 12 de marzo de 2012, en razón de que "a la fecha de ratificación de su solicitud, el 29/10/09, no tiene la condición de residente legal en España exigida por el artículo 22 del Código Civil , ya que según consta en la documentación que obra en el expediente su Tarjeta Familiar de Residente Comunitario fue extinguida con fecha 11/06/07, sin que se le conceda nueva autorización de residencia hasta 27/05/11", añadiendo en la resolución que desestima el recurso de reposición que: "en el caso de un cónyuge de un ciudadano español, la validez de su tarjeta familiar de residente comunitario está condicionada a la 2 permanencia del matrimonio. Como quiera que es indiferente a efectos de obtención de esta tarjeta la situación de hecho de su titular sino que para concederla o denegarla sólo se debe considerar su estado civil de casado, divorciado, se ha de concluir que su permiso de residencia perdió su validez desde el 9 de julio de 2009-fecha de la sentencia de divorcio- hasta la ratificación de su solicitud ante el encargado del registro civil, el 29 de octubre de 2009. Por tanto, ha estado amparado en un permiso nulo. no solo , los 3 meses anteriores a su solicitud, sino también hasta el 27 de mayo de 2011, que no se le concede nueva autorización de residencia, de acuerdo con su nueva situación personal".  

Noticia relacionada:

  • El divorcio comporta la pérdida de validez de la tarjeta de residencia familiar y del plazo de 1 año para adquirir la nacionalidad.

Otras decisiones recientes del mismo magistrado Ponente:

  • STS 14.03.2016. Google España no responde -no está legitimado pasivamente- del derecho al olvido en Internet.
  • STS 02.06.2016. Concesión de nacionalidad española a peruano con certificado de antecedentes caducado.

Otras decisiones dictadas por el mismo magistrado sobre el mismo tema en su pase por la AN:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León