Jurisprudencia
STJUE (Sala Segunda) de 7 de octubre de 2010. Desplazamiento de trabajadores. Restricciones. Empleadores establecidos en otro Estado miembro. Registro de declaración previa de desplazamiento.
Tipo:
Sentencia
Localización:
Tribunal de Justicia
Materia:
Otros
Fecha:
07/10/2010
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Número de recurso:
C-515/08
Comentario:
STJUE (Sala Segunda) de 7 de octubre de 2010. Asunto C-515/08. Vítor Manuel dos Santos Palhota, Mário de Moura Gonçalves, Fernando Luis das Neves Palhota, Termiso Limitada. ibre prestación de servicios. Articulos 56 TFUE y 57 TFUE. Desplazamiento de trabajadores. Restricciones. Empleadores establecidos en otro Estado miembro. Registro de declaración previa de desplazamiento. Documentos sociales o laborales. Equivalentes a los previstos por el Derecho del Estado miembro de acogida. Copia. Tenencia a disposición de las autoridades nacionales.
En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Segunda) declara:
- "– Los artículos 56 TFUE y 57 TFUE se oponen a una normativa de un Estado miembro que obliga a un empleador establecido en otro Estado miembro que desplaza trabajadores al territorio del primer Estado a enviar una declaración previa de desplazamiento, en la medida en que el comienzo del desplazamiento previsto se subordina a la notificación a este empleador de un número de registro de la declaración y que las autoridades nacionales de ese primer Estado disponen de un plazo de cinco días laborables, desde de la recepción de ésta, para efectuar esta notificación.
- – Los artículos 56 TFUE y 57 TFUE no se oponen a una normativa de un Estado miembro que obliga a un empleador establecido en otro Estado miembro que desplaza trabajadores al territorio del primer Estado a tener a disposición de las autoridades nacionales de éste, durante el período de desplazamiento, una copia de los documentos equivalentes a los documentos sociales o laborales exigidos por la legislación del primer Estado, así como a enviar dicha copia a estas autoridades al término de este período".
Procedimiento:
- Petición (eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do).
- Conclusiones (eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do).
- Sentencia (eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do).