Jurisprudencia
Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 15 de Barcelona de 23 de febrero de 2010. Menores no acompañados. La administración no esta obligada a documentar a los menas una vez que llegan a la mayoría de edad.
Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 15 de Barcelona de 23 de febrero de 2010.
Se desestima el recurso presentado. No se acepta.
Se trata de una demanda interpuesta por haber cumplido el menor la mayoría de edad dentro del periodo de desamparo preventivo. Se destima el recurso alegando que la administración no está obligada a documentar a los MENAS tras cumplir la mayoría de edad. En todo caso se recomienda la lectura de la decisón ya que hace un examen jurídico exhaustivo de la situación de los menores no acompañados tutelados por la Administración.
Vid. Auto del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 15 de Barcelona de 21 de enero de 2010 (www.migrarconderechos.es/jurisprudenceMastertable/jurisprudencia/Auto_21_01_2010).
Ficheros Asociados
-
Sentencia (700 KB)