Auto Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid de 9 de julio de 2009.

Tipo: Auto
Localización: Juzgados
Materia: Entrada: control de fronteras
Fecha: 09/07/2009
Enlace: Auto
Resumen:

Auto ratificando la medida de suspensión acordada por el Auto del Juzgado de Instrucción núm 17 de Madrid de 7 de julio de 2009. Denegación de entrada. Medida cautelarisima.

Fuente: Gracias a la Abogada del Ilustre Colegio de Madrid, Carmen Moles Martínez.
Comentario:

Aparte de ello, hemos de hacer referencia a la llamada apariencia de buen derecho, capaz de detener la ejecución del autor recurrido cuando en la pieza de ejecución existen datos objetivos muy relevantes que pongan de manifiesto y al margen de un juicio de fondo extraño al incidente, la abierta legalidad del acto y a la vista de la prueba documental obrante en autos, ha quedado acreditado que la recurrente tiene una hermana viviendo en España y con permiso de residencia. Asimismo la parte actora presentó pasaporte, billete de vuelta a su país para el día 25-07-09, así como un certificado de D XXX, en su condición de Presidente del Club Deportivo Futsi, haciendo constar que la actora, hermana de la jugadora del equipo de División de Honor de fútbol sala femenino XXX, viajaba invitada por ésta hasta el 25-07-09, y residía en la vivienda del citado Club, con autorización de éste. Todas estas circunstancias fueron ratificadas por los citados testigos en el acto de la comparecencia, circunstancias que aconsejan el mantenimiento de la medida cautelar de suspensión.

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