STJCE (Sala Primera) de 23 de abril de 2009. Asunto C-167/08 (Draka NK Cables y otros). Cooperación judicial en materia civil. Reglamento (CE) núm. 44/2001,Artículo 43, apartado 1, Competencia judicial y ejecución de resoluciones. Concepto de "parte".

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Competencia judicial internacional
Fecha: 23/04/2009
Comentario:

 

STJCE (Sala Primera) de 23 de abril de 2009. Asunto C-167/08 (Draka NK Cables y otros). Cooperación judicial en materia civil. Reglamento (CE) núm. 44/2001,Artículo 43, apartado 1, Competencia judicial y ejecución de resoluciones. Concepto de "parte".

Fallo del Tribunal:

El artículo 43, apartado 1, del Reglamento (CE) núm. 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que un acreedor de un deudor no puede interponer un recurso contra una resolución relativa a una solicitud de ejecución si no ha intervenido formalmente como parte procesal en el litigio en el que otro acreedor de ese deudor haya solicitado tal ejecución.

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León