Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Pontevedra de 1 de junio de 2009.

Tipo: Sentencia
Localización: Juzgados
Materia: Residencia Larga Duración
Fecha: 01/06/2009
Enlace: Sentencia
Resumen:

Garantías del empresario para cumplir la oferta de trabajo. Criterios para garantizar las condiciones contenidas en la oferta de trabajo que acompaña la solicitud de residencia por arraigo.

Comentario:

El juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Pontevedra dictó el pasado 1 de junio una sentencia en la que, estimando el recurso, entiende que se dan los requisitos establecidos por la normativa vigente para la concesión de la autorización de residencia por arraigo. Para ello, el recurrente aportó la siguiente documentación: certificado de empadronamiento (más de 3 años de residencia ininterrumpida en España), certificado de antecedentes penales (ausencia de dichos antecedentes), actas de nacimiento de su hija y nieta (vínculos familiares con residentes), informe de la trabajadora social (inserción social) y contrato de trabajo como personal al servicio del hogar familiar. La autoridad gubernativa había desestimado la solicitud porque el empleador había contratado con anterioridad a otra persona que cesó al poco tiempo del inicio de la relación, pero la parte recurrente expone, y queda probado, que el cese de dicha persona fue voluntario y que no afecta a las posibilidades de efectuar una nueva contratación. En todo caso, se acreditó que la empleadora disponía de recursos económicos suficientes para mantener el puesto de trabajo durante un período continuado.

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